Regular a las empresas para defender los derechos humanos: un desafío global

Las voces de activistas y comunidades afectadas por los impactos de las empresas transnacionales se volvieron a expresar en octubre del pasado año en la sede de Naciones Unidas en Ginebra.

Fuente: OMAL

Era la tercera sesión del grupo de trabajo intergubernamental que tiene el mandato de crear normas que obliguen a las compañías multinacionales a respetar los derechos humanos.

Joércio Pires da Silva, habitante de un quilombola, territorio ancestral de las comunidades afrodescendientes de Brasil, era una de estas voces. Afirmaba que la mayor parte de las comunidades que habitan los quilombolas sufren actualmente violaciones continuas de los derechos humanos por parte de las empresas transnacionales. Como él, numerosas personas procedentes de todos los continentes constataban, a través de sus testimonios, la ausencia de mecanismos eficaces que frenen los impactos de las grandes corporaciones, y reclamaban la necesidad y la urgencia de aprobar un instrumento jurídico de estas características en el ámbito internacional.

El control sobre las transnacionales en Naciones Unidas

El grupo de trabajo intergubernamental de control sobre las transnacionales de Naciones Unidas tiene su origen en una resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2014. Hasta ese momento, la lógica de la voluntariedad y la responsabilidad social corporativa había prevalecido, aunque en los últimos cuarenta años no ha dejado de haber propuestas para que este organismo apruebe normas internacionales de carácter vinculante para las grandes corporaciones.

El primer intento se presentó en la década de los setenta, con el encargo de elaborar un código de conducta obligatorio para estas compañías y la creación de instancias que tenían por objeto el seguimiento de sus actividades. Veinte años después no había ni código ni instancias. Todo fue desmantelado por las presiones y la oposición de las potencias económicas y los lobbies empresariales como la Cámara Internacional de Comercio y la Organización Internacional de Empleadores. En su lugar, la ONU creó el Global Compact, basado en códigos voluntarios de conducta.

A principios del siglo XXI, en la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos se planteó una nueva tentativa de superación de la voluntariedad, basada en un proyecto de normas sobre multinacionales y derechos humanos. Su recorrido fue el mismo que en las anteriores décadas: la oposición de las grandes patronales, Estados Unidos y la UE, dio como resultado que esta iniciativa se metiera en un cajón. Al mismo tiempo, se aprobaron los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos en 2012. De ellos no se deriva ninguna nueva obligación jurídica. Pero dos años después, este mismo órgano aprobó la resolución que permitía avanzar hacia un instrumento vinculante.

¿Cómo fue posible que el Consejo cambiara tan rápidamente de orientación? Uno de los factores que influyeron en la decisión fue una alteración en la correlación de fuerzas al interior de este órgano de Naciones Unidas. Como su composición va rotando, en 2014 había una presencia mayoritaria de países que ven necesario incrementar el control sobre las empresas transnacionales y los derechos humanos. Entre ellos, quienes encabezaban la propuesta: Ecuador y Sudáfrica.

Además, la Alianza por el Tratado, una amplia articulación de más de 1.000 organizaciones sociales y de derechos humanos de todo el mundo, estaba desarrollando una intensa actividad de incidencia a favor de la resolución. El mismo representante de Ecuador reconoció entonces que “nada de esto hubiera sido posible sin el apoyo de las organizaciones de la sociedad civil”. [1]

Tras aprobarse la resolución sobre el instrumento vinculante, volvieron a escenificarse las conocidas posiciones de los países centrales y las empresas transnacionales. Estados Unidos no reconoció la votación y dijo que no asumiría el resultado que tuviera el proceso.

Por su parte, la UE sí decidió participar y ha estado en las tres sesiones de trabajo realizadas hasta ahora. Eso sí, lejos de contribuir al objetivo del mandato, se ha empleado a fondo para bloquearlo a través de la imposición de cuestiones que desvirtúan y enmarañan los debates. Aunque el objetivo de la resolución es elaborar un instrumento vinculante, continuamente se desacredita este debate y se intenta imponer los Principios Rectores como única propuesta legítima de la ONU. Se afirma que un mayor control sobre las grandes corporaciones es discriminatorio frente al resto de empresas.

¿Cómo continúa el grupo de trabajo intergubernamental?

La sombra del bloqueo definitivo acompañó toda la tercera sesión celebrada del 23 al 27 de octubre de 2017. Llegó a su momento de mayor alcance el último día, cuando se debía aprobar un informe que recogía las conclusiones de los debates y establecía los siguientes pasos a dar. Los países de la UE no dejaron de mostrar su oposición al mandato del grupo hasta el último minuto. De hecho, cuando el presidente del grupo de trabajo golpeó su mazo para expresar la aprobación por consenso del informe, el representante de la UE estaba levantando su tarjeta para seguir interponiendo trabas. Vaciló unos minutos, tras la incorporación de una propuesta suya, y el intervalo fue aprovechado por el presidente para cerrar la sesión con la mirada puesta en 2018.

“Es una victoria para quienes defendemos el proceso encaminado a un tratado”, decía la campaña global Desmantelemos el poder corporativo en un comunicado [2].Celebraba que se había superado un momento crítico y veía la oportunidad de centrar la atención en lo más importante, el contenido del futuro tratado. Sin embargo, mucho nos tememos que el debate que se plantea ahora va a girar en torno a la burocracia y los largos procedimientos que han caracterizado este tipo de procesos en Naciones Unidas. No se puede ignorar qué ha ocurrido en anteriores ocasiones cuando se ha tratado de controlar a las grandes corporaciones. Tampoco la actual relación de poder, que favorece de forma dominante a las elites políticoeconómicas.

Una de las formas más utilizadas para descarrilar las propuestas en la ONU es eternizar los procesos [3] a través de la burocracia, la ambigüedad en los textos, los cuestionamientos del procedimiento utilizado y las diferentes formas de interpretar las resoluciones. Las potencias económicas y las corporaciones no han hecho más que empezar su estrategia de bloqueo. El mismo informe aprobado tiene varias interpretaciones.

Según Alejandro Teitelbaum, jurista que ha trabajado durante varias décadas en Naciones Unidas, hay razones para preocuparse [4] por el futuro del proceso: en las conclusiones de este informe se recomienda un cuarto periodo de sesiones, mientras en anteriores informes se convocaba directamente a la siguiente sesión. A su vez, el documento plantea consultas informales a las partes interesadas sobre “el camino a seguir para la elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante”. Eso le recuerda a Teitelbaum cómo se diluyó el proyecto de Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, presentado en 1990. En vez de aprobar el proyecto de Protocolo, lo que hizo el Comité del Pacto fue nombrar a un relator especial. Tras 19 años de debates, se aprobó un Protocolo muy diluido y claramente insuficiente.

Es lo que puede ocurrir en las próximas reuniones del Consejo de Derechos Humanos, que tendrán lugar en marzo y junio del presente año. El cuestionamiento del grupo de trabajo puede ser esta vez más eficaz porque ha habido un cambio en la composición de ese organismo. Ahora, la mayoría de los Estados que han entrado a ocupar un asiento permanente en el Consejo hasta 2020, incluido España, son hostiles al instrumento vinculante. Así, parece probable que los países alineados con la UE y EEUU presenten resoluciones para hacer caer este proceso de creación de normas que obliguen a las transnacionales a cumplir los derechos humanos.

¿Qué hacer?

Las organizaciones sociales que han venido trabajando para la aprobación de esta normativa internacional vinculante siguen apostando por ella, incluso en un escenario que se torna cada vez más adverso. Pero parece prioritario reflexionar sobre las estrategias a seguir para no perderse en procesos largos y burocráticos, así como para no generar falsas expectativas y, a la vez, poder fortalecer la capacidad de denuncia, movilización e incidencia.

Lo primero es valorar el espacio que se da a las Naciones Unidas en las campañas contra el poder corporativo. No puede ser central, sino una herramienta más de trabajo. El objetivo de este planteamiento es evitar que la acción social y política de los colectivos y movimientos en resistencia quede condicionada a los tiempos del Consejo de Derechos Humanos.

La apuesta, entonces, puede dirigirse a seguir potenciando lógicas contrahegemónicas en lo local, regional, nacional y global. Algunos buenos ejemplos en este sentido son las alianzas frente a los acuerdos y tratados de comercio e inversiones, frente a las privatizaciones y por la remunicipalización de servicios públicos, el apoyo a la huelga global de las mujeres y la lucha contra la Organización Mundial del Comercio. Todo ello, sin renunciar a la aprobación de normas internacionales de carácter obligatorio.

En el plano jurídico la propuesta se sostiene en tres claves. Primero, fortalecer la idea de un Derecho Internacional desde abajo, un uso alternativo del Derecho construido por organizaciones y redes sociales, comunidades afectadas por las transnacionales y sectores críticos de la academia. Segundo, poner límites al enriquecimiento de las élites económicas a través de un nuevo acuerdo internacional que deje fuera de la acumulación del capital a los derechos humanos, medioambientales y laborales. Y, tercero, invertir la pirámide jurídica internacional, es decir, crear un marco normativo que exprese claramente que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos es jerárquicamente superior a las normas de comercio e inversiones.

Estas ideas fuerza pueden plasmarse en campañas y demandas para la incorporación de cláusulas socioambientales en la contratación pública de las administraciones locales y regionales, como primer criterio de selección. También en el trabajo dentro de los plenos municipales y parlamentos autonómicos para llevar adelante declaraciones institucionales y mociones a favor de este tipo de normas.

Se puede seguir la senda iniciada por las organizaciones sociales que en Catalunya consiguieron introducir el debate y dar los primeros pasos para crear un centro público con el objetivo de vigilar la actividad internacional de las empresas con sede en su territorio.

Una instancia así, que además asegure la participación social, es un buen primer paso. El siguiente puede ser la presión para la completa transformación de las políticas autonómicas y estatales de internacionalización de la empresa, con situar los derechos humanos el marco de actuación económica internacional, la eliminación de medidas que vayan en su contra, la exclusión de compañías que hayan vulnerado derechos humanos de los incentivos previstas y ampliar la participación en este ámbito a entidades sociales y sindicales [5].

Desplaça cap amunt