Fuente: Amnistia Intenracional
Madrid.- Las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado han interpuesto de manera arbitraria sanciones contra personas que supuestamente desobedecían el Real Decreto del Estado de Alarma, sin observar los criterios de necesidad y proporcionalidad que indican los estándares internacionales. Y esto bajo la aplicación de la denominada Ley Mordaza, una ley que, tal y como ha repetido Amnistía Internacional desde hace años, debe modificarse porque supone una amenaza para los derechos de reunión pacífica, expresión e información, al igual que amplía los poderes de la policía a la hora de sancionar, sin otorgar mecanismos de control. Amnistía Internacional, consciente de las dificultades y retos que enfrentan las fuerzas de seguridad en este contexto sin precedentes, teme que los y las agentes hayan desarrollado su función con un enfoque principalmente coercitivo, sin tener en cuenta otras alternativas a la mera imposición de sanciones. Así lo ha verificado la organización tras analizar algunos de los casos más flagrantes.
«La falta de criterios claros de actuación, especialmente en el trato con grupos vulnerables y con necesidades específicas, abre la puerta a que agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado puedan cometer abusos«, señala Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.
«La aplicación, sin matices, del estado de alarma ha provocado que muchas personas, a pesar de tener una razón para poder estar en la calle, tengan miedo a ser sancionados«, añade Beltrán. A pesar de que se autorizó, por parte del Ministerio del Interior, la salida de personas con discapacidad con necesidades especiales como consecuencia del confinamiento, la organización ha documentado casos como el de Carlos (nombre ficticio) y su hija, que tiene un grado de discapacidad intelectual del 69%. Ambos tuvieron que enfrentar una situación de hostilidad por parte de un agente de policía, quien finalmente interpuso a Carlos una multa por llevar a su hija a la compra en coche. «Aquí pone que puede andar y que puede caminar, no es down ni es autista«, le espetó el agente al leer el carnet de la discapacidad de la chica, ya llorando en el asiento de atrás, y que ese día portaba el pañuelo azul, distintivo para personas con necesidades especiales durante el estado de alarma. AI teme que, como consecuencia de determinadas actuaciones policiales, algunas personas, por ejemplo, aquellas que tienen algún tipo de discapacidad, puedan estar evitando o reduciendo los paseos, teniendo así menos formas de luchar contra crisis de ansiedad.
La organización también ha recogido varios testimonios de personas que han sido denunciadas por estar llevando a cabo una labor de asistencia a colectivos vulnerables, como es el caso de Javier González, en Santander, que fue denunciado dos veces el mismo día por llevar agua a un grupo de migrantes que carecían de cualquier tipo de apoyo asistencial.
Amnistía Internacional no cuestiona las restricciones al ejercicio del derecho a la libertad de circulación en estos momentos de pandemia global, ni la legitimidad o necesidad de las actuaciones policiales para asegurar el cumplimiento de las medidas de confinamiento, pero la organización recuerda que la mera presencia en la calle de algunas personas no constituye obligatoriamente un delito de desobediencia. «La sanción no debe ser utilizada más que como último recurso, cuando se han agotado otras vías. Sin embargo, los agentes están, en muchas ocasiones, simplemente usando su propio criterio, arbitrario y desproporcionado, y, otras, ni siquiera atendiendo a los razonamientos legítimos que les daban las personas», denuncia Beltrán.
La organización ha recibido testimonios de personas que han sido denunciadas sin mediar ningún tipo de advertencia previa, incluso concurriendo circunstancias que podían legitimar su presencia en la calle, y sin tomar en consideración sus necesidades específicas. También se han documentado situaciones en las que agentes de las fuerzas de seguridad no se han comportado con la debida profesionalidad, o incluso en contra de los dispuesto en las instrucciones emanadas del ministerio. Un ejemplo es el caso de una persona entrevistada por la organización que contó que fue multada en Barcelona mientras se dirigía a la única farmacia de guardia que tenía disponible un medicamento para la epilepsia que necesitaba. Los agentes consideraron que se encontraba demasiado lejos de su domicilio y ni se molestaron en corroborar la información que esta persona les intentaba proporcionar.
Amnistía Internacional ha reiterado, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, su preocupación por el amplio margen de poder y de discrecionalidad que esta ley otorgaba a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para valorar qué conductas pueden ser susceptibles de considerarse como desobediencia, falta de respeto o resistencia a la autoridad, sin que esta discrecionalidad fuera acompañada de adecuados mecanismos de control y rendición de cuentas, lo que facilita comportamientos abusivos y arbitrarios.
Peticiones de Amnistía Internacional
Amnistía Internacional pide al Ministerio del Interior nuevos protocolos de actuación, evaluación continua de la actuación de las fuerzas de seguridad y un sistema de garantías que reduzca las posibilidades de que se produzcan nuevos casos de arbitrariedad policial durante el estado de alarma. En concreto:
- Protocolos claros de actuación policial que contemplen alternativas para mitigar el impacto desproporcionado que las sanciones pueden tener sobre determinadas personas. Por ejemplo se sugiere vincular la cuantía de la multa a los ingresos de la persona sancionada, o sustituir la sanción por servicios a la comunidad. La organización exige que se lleve a cabo una evaluación de la actuación policial y de la rendición de cuentas durante el estado de alarma.
- Aumentar las garantías contra la arbitrariedad policial, a través de instrucciones claras a los agentes para no adoptar un enfoque meramente punitivo en su tarea de hacer cumplir las normas del estado de alarma, y la implantación de un mecanismo que permita la recepción de quejas por parte de la ciudadanía sobre actuaciones arbitrarias o desproporcionadas por parte de los diferentes cuerpos policiales.
Las autoridades, además, para asegurar que no se ha actuado de manera discriminatoria, deben presentar un informe detallado y periódico del número de propuestas de sanción, desglosando las mismas por cuerpo policial, provincia y zona en la que se han impuesto, que permita valorar si la actividad policial ha tenido un mayor impacto entre población vulnerable, empobrecida o en riesgo de exclusión.
Más información
En siete semanas desde el inicio del Real Decreto del Estado de Alarma y hasta el pasado 6 de mayo que se tienen datos, se han impuesto, según información del propio Ministerio, un total de 853.334 denuncias. Aquí puedes encontrar toda la información que Amnistía Internacional ha publicado sobre coronavirus.