Ministerio de igualdad: subvenciones para proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad para el año 2024

Objeto

Subvenciones para proyectos destinados al apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad, y cuyas actuaciones se desarrollen en ámbitos de asistencia integral, detección, información y asesoramiento, atención psicosocial, asistencia sanitaria, apoyo jurídico, acompañamiento a otros recursos e inserción sociolaboral, incluidas las actividades de formación y la atención a situaciones de especial vulnerabilidad, cuando se propongan actuaciones que prioricen la detección y atención a víctimas menores de edad, mujeres extranjeras en situación irregular, solicitantes de protección internacional, víctimas con discapacidad y con problemas de salud mental, entre otras.

Entidades beneficiarias

Entidades de naturaleza jurídico privada sin ánimo de lucro y con implantación estatal o suprautonómica según sus estatutos y que, en el momento de la publicación de la convocatoria, carezcan de fines de lucro e incorporen, entre los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, la protección, la atención o la asistencia laboral, formativa, informativa, médica, jurídica o psicológica, a víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución, o que las entidades u organizaciones solicitantes acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en derecho, experiencia en el desarrollo y puesta en práctica de proyectos de atención a estos colectivos.

Bases Reguladoras

Orden IGD/183/2024, de 28 de febrero, publicada en el BOE de 1 de marzo de 2024.

Cuantía

La cuantía total de la subvención tendrá un importe máximo de 7.000.000,00 de euros. El importe individualizado de cada subvención concedida se establecerá atendiendo a la puntación obtenida en aplicación de los criterios objetivos de ponderación, de conformidad con el apartado sexto de la resolución de convocatoria.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el primer día hábil siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Por tanto, el plazo para la presentación de solicitudes comienza a las 00:00 horas del día 4 de abril de 2024 y finaliza a las 23:59 horas del día 24 de abril de 2024.

De conformidad con lo establecido en el articulo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitudes, que se presentarán junto con la memoria explicativa de la entidad (Anexo II), la descripción del proyecto (Anexo III), la declaración responsable (Anexo IV) y el resto de documentación exigida relativa a la entidad solicitante, se formalizarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario a través de la Sede electrónica cuya dirección es: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/otrasFormas/trata/subvenciones/home.htm

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