Generalitat Valenciana: resolución de la Convocatoria 2021 de subvenciones a ONGD para proyectos y programas de cooperación internacional para el desarrollo

Los importes globales concedidos para proyectos y programas de cooperación internacional para el desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos, con cargo a las líneas de subvención S6556000 y S8302000, ambas correspondientes al capitulo IV y a la línea de subvención S2324000, correspondiente al capitulo VII, programa 134.10, del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2021, son los siguientes:

– Modalidad A; Importe total capítulo IV 5.483.910,43 €; Importe total capítulo VII 976.133,04 €
– Modalidad B: Importe total capítulo IV 10.409.899,11 €; Importe total capítulo VII 2.873.322,47 €
– Modalidad C; Importe total capítulo IV 509.364,99 €; Importe total capítulo VII: 50.423,03 €
– Modalidad D; Importe total capítulo IV 214.735,88 €; Importe total capítulo VII: 44.106,24 €

Una vez aplicados los importes concedidos del anexo I, en la línea S2324000 «Subvenciones ONGD para la realización de acciones de cooperación internacional al desarrollo», dotada con un importe de 6.000.000,00 euros, en el capítulo VII, para la financiación de gastos de capital, en la aplicación presupuestaria 22.03.01.13410.7. queda un remanente de 2.056.015,21 euros.

Plazo para aceptación

Las entidades beneficiarias deberán presentar el modelo de aceptación normalizado en el plazo de siete días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esta resolución de concesión, de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación de esta convocatoria, en la sede electrónica de la Generalitat, accediendo a la url http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_ proc=18604&version=amp.

El incumplimiento de la comunicación de aceptación en este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

Reformulaciones

Las entidades para cuyos proyectos aprobados se concede una subvención inferior a la solicitada deberán presentar la reformulación de la actuación subvencionada en el plazo de siete días hábiles desde la publicación en el DOGV de esta resolución de concesión, de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación de esta convocatoria, en la sede electrónica de la Generalitat, accediendo a la URL http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18604&version=amp:

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