En los términos del artículo 38 de la Orden 2/2021, se requiere a las entidades solicitantes para que en un plazo de 10 días hábiles enmienden la falta o acompañen los documentos que se requieren en el Anexo. Se tendrá por desistidas de la solicitud a las entidades que no aporten la documentación preceptiva requerida en el Anexo, prevista en el Resuelvo Noveno de la resolución de convocatoria.
Respecto a la documentación valorativa prevista en el resuelvo Décimo de la resolución de convocatoria, en el mismo plazo se podrá aportar la que se estime conveniente.
A estos efectos se informa que el plazo de 10 días hábiles se iniciará el día siguiente de la publicación de este requerimiento en la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en las URL http://www.cooperaciovalenciana.gva.es y http://participacio.gva.es, y que la presentación de la documentación requerida se deberá realizar de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación, en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, en la url http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18604&version=amp