Generalitat Valenciana: Convocatoria de Cooperación Internacional al Desarrollo

Entidades beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas subvenciones, las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), individualmente o en agrupación con otra u otras ONGD, que cumplan los requisitos recogidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.

Objeto

Convocar las subvenciones anticipadamente, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo al presupuesto de la Generalitat del ejercicio 2024 para la financiación de gastos corrientes y de inversión, de proyectos y programas de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos, destinadas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (de ahora en adelante ONGD).

Bases reguladoras

1. Las bases por las cuales se rige esta convocatoria son las contenidas en la Orden 2/2021, de 26 de mayo, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo (DOGV 9095, 28.05.2021), de ahora en adelante, Orden de bases.

2. En aquello no previsto en esta norma, las subvenciones se someterán a la normativa básica de la Ley 38/2003 general de subvenciones (en adelante LGS) y su normativa de desarrollo, y a lo que establece la Ley 1/2015, de 6de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. Así mismo se estará a lo que se dispone en la legislación autonómica en materia de cooperación al desarrollo.

Presentación de las solicitudes 

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el DOGV. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.

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