Generalitat Valenciana: convocatoria 2022 de subvenciones para el fortalecimiento de la participación ciudadana en el ámbito del asociacionismo

Objeto

Convocar para el ejercicio 2022, las subvenciones destinadas a las entidades ciudadanas de la Comunitat Valenciana para el fortalecimiento de la participación ciudadana en el ámbito del asociacionismo.

A estos efectos, se entenderá por participación ciudadana el ejerci- cio del derecho de la ciudadanía a participar en el proceso de toma de decisiones públicas y en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Bases reguladoras de la convocatoria

Las bases por las que se rige esta convocatoria, son las contenidas en la Orden 4/2016, de 3 de junio, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se establecen las bases reguladoras conjuntas de las subvenciones desti- nadas a las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades y otras fórmulas asociativas), entidades ciudadanas, centros valencianos en el exterior (CEVEX) y sus federaciones y confederaciones, casas regionales de otras comunidades en la Comunitat Valenciana, y sus federaciones y confederaciones, para el fomento de la participación ciudadana,

la transparencia y el acceso a la información pública (DOGV 7798, 06.06.2016), en adelante, Orden 4/2016.

Financiación

1. La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes:
– 22.02.01.112.90.4, línea S7310000, de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, con un crédito máximo de ochocientos ochenta y cinco mil euros (885.000,00 euros).
– 22.02.01.112.90.4, línea S8357000, de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, con un crédito máximo de seiscientos quince mil euros (615.000,00 euros).

Personas beneficiarias

1. Podrán beneficiarse de estas subvenciones, las confederaciones, federaciones, asociaciones y fundaciones de la Comunitat Valenciana y con sede o delegación estable en la misma, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en el Registro autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana o en aquellos registros especiales, establecidos por la normativa vigente.
b) No estar incursas en las prohibiciones que, para obtener la con- dición de personas beneficiarias de subvenciones, establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (en adelante, LGS).
c) Estar adaptadas, en el caso de asociaciones y sus federaciones y confederaciones, al ámbito de aplicación de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y a la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de asociaciones de la Comunitat Valenciana.
En el caso de fundaciones, estar adaptadas a la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de fundaciones (para fundaciones de la Comunitat Valenciana) o a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones (para fundaciones de ámbito estatal).

Más información sobre las actividades y gastos subvencionables y el resto de las disposiciones de la convocatoria, en el enlace adjunto

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