Generalitat Valenciana: convocatoria 2022 de subvenciones a ONGD para la financiación de proyectos de acción humanitaria

Podrán beneficiarse de estas subvenciones, las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), individualmente, o en agrupación con otra u otras ONGD, que cumplan los requisitos recogidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.

Objeto

Las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo al presupuesto de la Generalitat Valenciana del ejercicio 2022, se destinarán a la financiación de gastos corrientes y de inversión, de proyectos de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema.

Bases reguladoras

Las bases por las que se rige esta convocatoria son las contenidas en la Orden 2/2021, de 26 de mayo, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo, en adelante, orden de bases.

En lo no previsto en dicha norma, las subvenciones se someterán a la normativa básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su normativa de desarrollo, y a lo que establece la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. Así mismo se estará a lo dispuesto en la legislación autonómica en materia de cooperación al desarrollo.

Financiación

Esta convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.01.134.10, líneas de subvención S8303000 y S5005000, del presupuesto de la Generalitat Valenciana para el año 2022, por un importe total de 7.000.000 de euros, de los cuales 6.000.000 de euros están destinados a financiar gastos corrientes y 1.000.000 de euros, a gastos de capital.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. De conformidad con el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Dirección General de Cooperación Internacional al Desarrollo prestará asistencia para la presentación electrónica de las solicitudes hasta las 15.00 horas del último día hábil.

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