Becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general competente en cooperación al desarrollo, durante los ejercicios 2024 y 2025

Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, cinco becas en materia de cooperación al desarrollo y en materia de implementación y seguimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, para completar la formación de jóvenes con titulación universitaria, mediante la realización de prácticas profesionales en la dirección general competente en materia de cooperación al desarrollo, durante los ejercicios 2024 y 2025, dirigidas a la mejora y especialización profesional de las personas con las siguientes titulaciones oficiales universitarias:

a) Para las becas en materia de cooperación al desarrollo: máster universitario oficial en Cooperación al Desarrollo.

b) Para las becas en materia de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible: licenciatura o grado en Derecho, licenciatura o grado en Ciencias Políticas, Educación Social, Gestión y Administración Pública, Pedagogía, Psicología, Sociología, Trabajo Social.

Requisitos de las personas beneficiarias

1. Las personas solicitantes de las becas tendrán que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de solicitud, los requisitos siguientes:

a) No ser mayor de 35 años.

b) Estar en posesión de una de las titulaciones enunciadas en el apartado resolutivo primero de la presente convocatoria, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios.

c) No haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses.

d) No encontrarse incurso o incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo cual se acreditará por medio de la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud, accesible en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es.

e) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad en las cuales no concurra este impedimento podrán alegar su condición a efectos de dirimir el posible empate que pueda producirse, en los términos recogidos en el apartado 2, del artículo 11 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre.

Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes

1. El plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes se ajustarán a lo previsto en el artículo 5 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre.

2. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán, exclusivamente por vía electrónica, una única solicitud y el currículum de forma completa, según modelos normalizados, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y según modelos normalizados que estarán accesibles en sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es.

Scroll al inicio