Bases reguladoras y concesión directa de ayudas urgentes para realizar actuaciones en países especialmente vulnerables vinculados a la cooperación valenciana y en proyectos relacionados con la covid-19

Este decreto tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones, con carácter singular y excepcional, en el marco de la respuesta institucional ante la pandemia covid-19 a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) para la realización de programas y proyectos vinculados a actuaciones de interés público, social o económico en países especialmente vulnerables vinculados a la cooperación valenciana, en los que la pandemia provo cada por la covid-19 ha supuesto un amplio retroceso en su desarrollo.

Procedimiento de concesión

Estas subvenciones tienen carácter singular y excepcional, estan- do justificada su concesión directa, en virtud del artículo 22.2c de la Ley 38/2003, y del artículo 168.1.C de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en atención al retroceso económico y social que la pandemia por la covid-19 ha provocado en los países vulnerables con amplia trayectoria de intervención de la cooperación valenciana.

Las razones que acreditan el interés público, social y económico que justifican el otorgamiento directo de las subvenciones a las entida- des beneficiarias son que estas medidas extraordinarias vienen a paliar la recesión que ha provocado la pandemia producida por covid-19 en las economías más frágiles, retrocediendo en los logros que se habían conseguido durante décadas.

Los programas y proyectos que se financian, con carácter excepcional y singular, han sido evaluados a través de una entidad consultora externa, seleccionada a través de las normas de contratación pública, que ha emitido los informes oportunos tras la convocatoria derivada de la Resolución de 8 de junio de 2021, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) para la financiación de proyectos y programas de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidas.

A través de este decreto se financiarán de forma directa aquellos proyectos y programas que, siguiendo el riguroso orden de puntuación que se deriva de los informes emitidos por la consultora externa, no obtuvieron financiación por no existir crédito suficiente en las líneas S6556, «Subvenciones a ONGD para acciones de Desarrollo», capítulo IV; S2324, «Subvenciones a ONGD para la realización de acciones de cooperación internacional al desarrollo», capítulo VII, y S8302 «Subvenciones indemnización a la Generalitat por la restitución de los fon- dos públicos indebidamente dispuestos», capítulo IV, si bien superaron la puntuación mínima de 65 puntos que prevé la Orden 2/2021, de 26 de mayo, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo (en adelante Orden 2/2021) y la Resolución de 8 de junio de 2021, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) para la financiación de proyectos y programas de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblacio- nes estructuralmente empobrecidas.

 

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