Ayuntamiento de Sagunto: convocatoria de subvenciones para proyectos de cooperación internacional al desarrollo y educación para la ciudadanía

Objeto:

El objeto de estas bases, en el marco del que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo, LGS) y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en lo sucesivo, RLGS), es definir las condiciones y el procedimiento que se debe seguir para la solicitud de subvenciones, en la concesión, gestión y justificación, de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a otorgar por este Ayuntamiento destinadas a promover la actividad la Cooperación internacional para el Desarrollo y la Sensibilización y Educación para el Desarrollo.

Por ello, se articulan las siguientes líneas subvencionables, de manera que los beneficiarios podrán acogerse a las distintas líneas de ayuda de manera simultánea:

  • Línea 1.- Financiación de proyectos de inversión en infraestructuras básicas para el desarrollo.
  • Línea 2 – Financiación de gastos corrientes para el mantenimiento o puesta en marcha de proyectos para el desarrollo.
  • Línea 3- Financiación de gastos corrientes para proyectos.

Beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus finalidades o expresamente como objeto, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo, reconocidas como Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ( ONGD).

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Valenciana o en el caso de estar al Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo que tengan la sede o delegación inscrita en la Comunidad Valenciana.
  • No estar incursa en ningún de las causas de incompatibilidad o prohibición para ser beneficiaria, recogidas en el arte. 13 LGS.
  • Tener los datos de la entidad ( representantes, sede social, dirección, etc) debidamente actualizadas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana o el que corresponda o por lo menos en tramitación acreditada.

Importe:

La cuantía total de la presente convocatoria será de CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS EUROS (132.626,20 €).

Plazo y forma de presentación:

  • El plazo de presentación de solicitudes será el que figure en la convocatoria anual de subvenciones.
  • En todo caso, el plazo de presentación de solicitudes será como mínimo de treinta días y se determinará, expresamente, la fecha de finalización del plazo en la convocatoria anual.
  • En todo caso, el plazo de presentación de solicitudes empezará a contar el día siguiente al de su publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia y finalizará en el plazo que determine la convocatoria.
  • El incumplimiento del plazo establecido para la presentación de las solicitudes determinará automáticamente la exclusión de la solicitud por presentación extemporánea.

Las solicitudes se deberán presentar telemáticamente dentro del plazo previsto, que finaliza el 28 de marzo. El modelo de solicitud de subvención de Cooperación Internacional al Desarrollo está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sagunto: https://sagunt.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=16086.

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