Objeto
Estas bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, en régimen de concurrencia competitiva, para cofinanciar proyectos de cooperación internacional para el desarrollo en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos, que realicen las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), cuya finalidad es contribuir a la erradicación de la pobreza, la reducción de la desigualdad extrema, el desarrollo humano sostenible, y la defensa de los derechos fundamentales de las personas, de acuerdo con las directrices de consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenibles (ODS), que configuran la nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Entidades beneficiarias y obligaciones
Tendrán la consideración de beneficiarios, las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen los proyectos objeto de la presente convocatoria y reúnan los requisitos exigidos en las mismas.
Las entidades subvencionadas deberán cumplir las obligaciones genéricas establecidas en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones (en adelante, OGS), además estarán obligadas a:
- Disponer de socio local o contraparte extranjera.
- Emplear los fondos percibidos en los fines para los que fueron otorgados. Por ello,deberán comunicar cualquier modificación en los plazos de ejecución y justificación, una minoración del coste en más de un 10% del presupuesto total del proyecto financiado o en las acciones incluidas en el proyecto en el momento en que se produzcan las circunstancias imprevistas o sean necesarias para el buen fin de la actuación. Dichas modificaciones deberán ser autorizadas por Decreto del concejal/a delegada correspondiente por razón de la materia.
- Ejecutar el proyecto en los plazos acordados tras la comunicación de la fecha de inicio de ejecución del proyecto financiado tras la recepción de los fondos de la subvención municipal.
- Establecer y mantener las medidas de coordinación necesarias con el personal municipal.
- Proporcionar la información funcional, económica y estadística que se le requiera a efectos de seguimiento, evaluación y planificación.
- Facilitar la verificación de la realización y gestión del proyecto, a través de los medios que considere más adecuados.
- Respetar el carácter confidencial de aquellos datos personales a los que tenga acceso con ocasión de la ejecución del proyecto y que por su propia naturaleza deban ser tratados como tal, no pudiendo divulgar los facilitados por el Ayuntamiento de Castelló de la Plana por razón de la colaboración mantenida, obligación que subsistirá aún después de la finalización del proyecto, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de Derechos digitales, por ello deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos están obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas y de la adopción de medidas de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los mismos a fin de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
- Tener suscrito un seguro de responsabilidad civil, daños a terceros y accidente, durante la ejecución de la actividad o proyecto.
- Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.4 de la LGS y en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios destacarán la contribución del Ayuntamiento de Castelló, mediante la utilización de su logotipo, en la realización de las intervenciones subvencionadas y en los documentos y actividades en los que se dé publicidad y difusión a dicha contribución. Cuando la entidad beneficiaria exhiba su propio logotipo, deberá incluir también el logo del Ayuntamiento de Castelló, que figura en el Anexo IV, en iguales condiciones de visibilidad. Esta obligación se extiende al socio local, que deberá identificar adecuadamente la participación del Ayuntamiento de Castelló mediante el uso del logotipo y anagrama de la institución en el cartel o soporte de identificación visual similar.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de estas subvenciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. Se efectuará publicación de las presentes bases en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), la web municipal, el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana (https://sede.castello.es).
En cuanto al lugar de presentación, las ONGD presentarán sus solicitudes únicamente de forma electrónica, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana (https://sede.castello.es), en el trámite “Solicitud convocatoria subvenciones en materia de Cooperación al Desarrollo”.