AECID: subvenciones en el ámbito de la acción humanitaria 2023

Beneficiarios

Organizaciones no gubernamentales de desarrollo, que cumplan simultáneamente los siguientes dos requisitos:

  • Que hayan obtenido de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo la acreditación como organización no gubernamental de desarrollo calificada, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, dentro de cuya misión estatutaria se encuentre la acción humanitaria.
  • Que hayan obtenido una acreditación especial para intervenciones de carácter humanitario, de acuerdo al procedimiento establecido por la Dirección General European Civil Protection and Humanitarian Aid Operations de la Comisión Europea, mediante la firma de un Acuerdo Marco de Asociación con la Dirección General European Civil Protection and Humanitarian Aid Operations de la Comisión Europea (Framework Partnership Agreement).
  • Agrupaciones sin personalidad jurídica compuestas por entidades que cumplan los requisitos anteriores y entidades extranjeras (organizaciones locales) legalmente constituidas en el país o los países de ejecución de la intervención propuesta, que cumplan las obligaciones que para las mismas establece el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y que, adicionalmente, acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3 del artículo 3 de la Orden AUC/286/2022, de 6 de abril.

Objeto

La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de proyectos en materia de acción humanitaria, tal y como establece el Artículo 2 del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional, recogido asimismo en el artículo 1.3 de la Orden AUC/286/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones públicas en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. Se pueden presentar solicitudes en los países recogidos en Anexo 1.

Bases Reguladoras

Orden AUC/286/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones públicas en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo, en desarrollo del Título II del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles y se iniciará a las 00.00.00 horas (hora peninsular española) del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE y finalizará a las 23.59.59 horas (hora peninsular española) del último día de plazo.

 

 

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